Detalles del Caso Corpesca: Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó al exsenador Jaime Orpis a la pena única de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor de seis delitos consumados de fraude al Fisco.

En el caso de la sentenciada Marta Eliana Isasi Barbieri, el tribunal la condenó a 50 días de prisión; más la pena de un año y cinco meses de suspensión para cargos u oficios públicos; la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante la condena; más una multa de la mitad del monto solicitado, equivalente a $20.000.000, en calidad de autora de un delito consumado de cohecho, en relación al ilícito cometido en los meses anteriores a julio de 2012. Diario el constitucional 17 de abril de 2021 En fallo dividido, el Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó al exsenador Jaime Antonio Orpis Bouchon a la pena única de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor de seis delitos consumados de fraude al Fisco. Ilícitos perpetrados entre 2009 y 2015, en el territorio jurisdiccional del tribunal. El Tribunal aplicó además a Orpis Bouchon las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos, la inhabilitación absoluta temporal para cargos, empleos u oficios públicos por el tiempo de duración de la condena; más el pago de una multa del 5% de lo defraudado, equivalente a $5.983.790. En la causa, el tribunal también condenó a la empresa Corpesca SA, como persona jurídica, a pagar una multa a beneficio fiscal de 10.000 UTM (unidades tributarias mensuales), más la accesoria de obligación de publicar “un extracto de esta sentencia, a su costa, en un diario de circulación nacional, en cuanto penalmente responsable en relación a los delitos de soborno, perpetrados por su gerente general Francisco Mujica Ortúzar, entre los años 2010 y 2013; y en relación a los delitos de cohecho por los cuales resultaron condenados Jaime Orpis Bouchon y Marta Isasi Barbieri, desde la vigencia de la Ley 20.393”. En el caso de la sentenciada Marta Eliana Isasi Barbieri, el tribunal la condenó a 50 días de prisión; más la pena de un año y cinco meses de suspensión para cargos u oficios públicos; la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante la condena; más una multa de la mitad del monto solicitado, equivalente a $20.000.000, en calidad de autora de un delito consumado de cohecho, en relación al ilícito cometido en los meses anteriores a julio de 2012. La pena privativa de libertad impuesta a Isasi Barbieri, “se le tendrá por cumplida con el mayor tiempo que ha permanecido bajo arresto domiciliario, lo que da un total de 53 días, calculados en base a las horas en que estuvo sujeta a arresto domiciliario parcial nocturno, según lo dispuesto en el artículo 348 del Código Procesal Penal y certificado por el Jefe de Unidad de causas de este tribunal”. Finalmente, Raúl Fernando Lobos Torres fue condenado a 541 días de reclusión; la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; 3 años y un día de inhabilitación para cargos, empleos u oficios públicos; más una multa equivalente al 5% de lo defraudado, que corresponde a $405.000, como autor del delito consumado de fraude al fisco. Por cumplir el condenado con los requisitos que establece la ley 18.216, el tribunal le sustituyó el cumplimiento de la pena privativa de libertad, por la de remisión condicional de la pena. Hechos acreditadosEl tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que entre 2009 y 2015, “Jaime Orpis Bouchon, en ese entonces Senador de la República, simuló la contratación de asesorías parlamentarias a la que tenían derecho los senadores para facilitar su función en el Congreso Nacional, a través de la maniobra engañosa consistente en que los emisores Carolina Gazitúa Larenas, Bárbara Molina Ellies, Lorena Lara Saldías, Javier Jara Cáceres y Mario Candia Zlatar, en distintos períodos y años, entregaron un total de 95 boletas de servicios ideológicamente falsas al Senado, ya sea, por constituir boletas de servicios sobrevaloradas, es decir, por un valor mayor al cobrado por el asesor, y en otras ocasiones, siendo absoluta y totalmente simuladas, por cuanto las referidas asesorías nunca existieron”. Las boletas de servicios fueron autorizadas por el sentenciado y pagadas directamente por el Senado, con el consiguiente perjuicio fiscal por una cifra que excedió los 111 millones de pesos. En tanto, el 10 de junio de 2015, “el Senado de la República –a instancia del ex Senador JAIME ORPIS BOUCHON– contrató a RAÚL FERNANDO LOBOS TORRES como asesor parlamentario del primero, quien emitió tres boletas de servicios ideológicamente falsas al Senado, toda vez que Lobos Torres nunca prestó dichos servicios de asesorías, pero que igualmente se pagaron, significando un perjuicio para el fisco de $8.100.000”, hechos constitutivos del sexto delito consumado de fraude al fisco. CohechoRespecto de los dos delitos de cohecho, el tribunal dio por establecido que desde 2009 y hasta abril de 2013, el entonces senador Orpis Bouchon solicitó a Francisco Mujica, a la fecha gerente general de Corpesca S.A, la suma de $208.932.600, “los cuales se entregaron a aquél, a través del pago de boletas de honorarios ideológicamente falsas de testaferros del entonces Senador y que se distribuyeron durante los años referidos. Dicha petición se hizo a cambio de favorecer los intereses de la empresa Corpesca S.A en el desempeño de sus labores como Senador de la Republica, lo cual fue acordado entre el gerente y el parlamentario en dos oportunidades, la primera antes de junio del año 2009 y la segunda a mediados del año 2010”. Acuerdos que “se materializaron en una primera etapa, a cambio de la presentación ante la Contraloría General de la República de un escrito enviado por Francisco Mujica Ortúzar el 12 de junio de 2009, impugnando el decreto de la Subsecretaría de Pesca que fijaba la cuota de captura del recurso jurel, relevante para Corpesca S.A, y que se presentó en conjunto con los entonces Senadores Fernando Flores y Carlos Cantero, éste último en la creencia de haber sido confeccionado por Orpis Bouchon, y bajo el membrete del Senado”, añade. “La Contraloría